Régimen de Convivencia del Colegio

RÉGIMEN DE CONVIVENCIA ESCOLAR
(Actualización 2011-2017)

Tilimuqui, noviembre 2017

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO
Colegio Nacional Agrotécnico “Ing. Julio César Martínez”

 

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A) FUNDAMENTACIÓN
Cuando la convivencia escolar es concebida como problemática educativa, como construcción colectiva, efecto de una relación entre el/los sujeto/sujetos y la escuela ya no como un conjunto de dificultades individuales de quienes aprenden, las zonas de sombra de la comprensión del problema comienzan a hacerse visible (Greco 2005, p 66)
Durante el corriente año 2017, la comunidad educativa del CoNAg (docentes, equipo de gestión, administración, preceptores, alumnos en asamblea estudiantil, equipos ad hoc) comenzó el trabajo de adecuación y actualización del Régimen de Convivencia; haciendo lugar como Institución a la posibilidad de reconstruir y fortalecer un Documento que nos permita contar con las apreciaciones de los actores que conforman la comunidad educativa del Colegio Nacional Agrotécnico “Ing. Julio César Martínez” con respecto a las normas que regulan la Convivencia.
Estos procesos de construcción y reflexión se hacen necesarios, en busca de un consenso sobre los modos de entablar las relaciones de convivencia, tanto en la definición prescriptiva de normas desde el reglamento, como en las definiciones cotidianas que los alumnos, docentes y tutores construyen en sus relaciones al margen de lo prescripto.
Para potenciar la significatividad del desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje, principal objetivo de la escuela, es necesaria la internalización, el respeto y el cumplimento de las normas construidas entre los miembros de esta comunidad involucrados en el proceso educativo.
Esto significa reconocer las profundas transformaciones culturales y sociales, pero también implica poder reafirmar la función adulta en la transmisión cultural, repensando la autoridad no como mandato incuestionable sino como acto particular, responsable que posibilite analizar. En este sentido, la función de la Escuela implica entenderla como la posibilidad de operar en la transmisión de una legalidad que oriente a los sujetos que aloja en las coordenadas históricas y culturales actuales (Bernstein, 1994)
La escuela, como toda institución simbólica, está marcada por normas y pautas que remiten a la Ley y precisamente tener autoridad supone que uno se somete también a esa ley. La Escuela no sólo no es el único ámbito de aprendizaje y socialización, tampoco es portadora de una cultura escolar única y uniforme. Es decir, que desde esta perspectiva la Escuela se considera un espacio de producción cultural, entendida como proceso de construcción de significados, apropiados en contextos cotidianos y variables (Novaro, 2000).
El Colegio Nacional Agrotécnico “Ing. Julio César Martínez” es una institución de educación media dependiente de la Universidad Nacional de Chilecito que surge en el UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO Colegio Nacional Agrotécnico “Ing. Julio César Martínez”
marco del convenio firmado entre la UNdeC, la Cooperativa La Riojana y la Asociación de Comercio Justo. Surge como una nueva alternativa para la educación de la juventud en la Localidad de Tilimuqui, Departamento de Chilecito, provincia de La Rioja; garantizando la continuidad escolar de los jóvenes de este medio. Brinda formación técnica en el área de las Ciencias Agrarias acorde a las necesidades de la región y posibilita, desde la estrategia educativa, un movimiento en el campo social y cultural de los trabajadores y sus hijos en la zona (alumnos que provienen de la zona de influencia: Tilimuqui, Malligasta, Anguinan y Los Sarmientos e hijos de productores, empleados y/o socios de La Riojana y UNdeC)
Se produce así, una actividad continua entre instituciones y sujetos que posibilitará una relación en la que no caben significados y prácticas unívocas, ni identidades perfiladas de una vez para siempre. Dentro de este contexto se incluye el presente Régimen de convivencia.
B) NORMAS Y PRINCIPIOS PARA LA CONVIVENCIA:
B.1) COMO PRINCIPIOS PARA LA CONVIVENCIA Y ORGANIZACIÓN DE LA TAREA ESCOLAR se orienta en el mandato fundacional de CoNAg y Comercio Justo cuyos principios son:
Promover el diálogo, la transparencia y el respeto en búsqueda de una mayor equidad; el cuidado de la persona, del medioambiente, la solidaridad, el bien común, el respeto por los saberes y las culturas de origen. Educar combatiendo las desigualdades, la discriminación y la explotación. Favorecer el trabajo colaborativo en condiciones justas.
El presente documento regula las relaciones de los miembros de la Comunidad Educativa, respetando las disposiciones normativas vigentes tales como:
La Ley de Educación Nacional Nº 26.206, que establece que la educación y el conocimiento son un bien público, y un derecho personal y social garantizados por el Estado; y cuyos fines y objetivos contemplan brindar una formación integral, comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos y respeto a los derechos humanos.
La Ley Nº 26.892 para la promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas.
Ley 26.061 de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que considera a los mismos como sujetos de derecho, lo que implica reconocerles sus capacidades para ejercerlos personalmente. Se reconoce: el derecho a expresar su opinión UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO Colegio Nacional Agrotécnico “Ing. Julio César Martínez”
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y que sea tenida en cuenta. El respeto de su autonomía progresiva. El derecho al cuidado de la salud y a tomar decisiones sobre su cuerpo siempre que no pongan en riesgo su salud. El principio del interés superior de niños y adolescentes como principio rector:
La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño incluida en la Constitución Nacional.
El Reglamento Institucional que rige la UNdeC para este Colegio.
Tales disposiciones hacen a la responsabilidad de los adultos, sean docentes o no docentes. Por ello es importante destacar que las trasgresiones al mismo serán contempladas y analizadas según corresponda. Así las incurridas por los alumnos serán aquellas que se contienen en este Régimen, mientras que los adultos serán alcanzados por las normas que rigen la actividad docente y el Régimen Jurídico Básico de la Función Pública.
Se considera que la Comunidad Educativa del CoNAg está conformada por estudiantes, sus tutores y familia, educadores (profesores, ayudantes de clases prácticas, jefes de trabajos prácticos), equipos ad hoc (G.O.E., Consejo de Convivencia), directivos, administrativos, preceptores, personal de ordenanza, limpieza y comedor, egresados del colegio.
Los espacios físicos que comprende el CoNAg son Edificio escolar: aulas, sala de profesores, preceptoría, dirección, administración, oficinas (Departamentales, de Sistemas, de Tutorías, Gabinete de Orientación Educativa), depósitos, sanitarios, cocina, comedor, campo experimental (sectores de Producción Animal, Producción Vegetal, Industria y Maquinarias), Laboratorio, Biblioteca y Patio. Los sectores de Dirección, administración, laboratorio, cocina y comedor serán de acceso regulado a los estudiantes, mientras al campo experimental los alumnos sólo podrán ir con docentes o ayudantes de campo.
Por las características particulares y ubicación geográfica del CoNAg, el medio de transporte colectivo, es considerado como un espacio físico del mismo y el presente régimen rige también para la convivencia dentro de él.
La inscripción para cursar en el CoNAg implica, por parte de los alumnos y sus padres, tutor o encargado, conformidad y acatamiento a las normas y principios del mismo.
B.2) NORMAS PARA LA CONVIVENCIA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO Colegio Nacional Agrotécnico “Ing. Julio César Martínez”
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Considerando que toda actividad realizada en el CoNAg es concebida como un hecho educativo
B.2.a) Horarios y régimen de asistencia:
Horario: Ingreso 8:00 hs Egreso 17:00hs. Invierno: desde el 1°de Mayo hasta el 31 de Agosto el ingreso es a las 8,30 hs y el egreso a las 17,30 hs
Comedor: el CoNAg cuenta con un servicio tercerizado, externo, que brinda el almuerzo a los alumnos, cuyo costo queda a cargo de los tutores. Funciona de 12 hs a 14 hs en 3 turnos consecutivos de acuerdo a la cantidad de alumnos y la disposición espacial. La utilización del servicio comedor no es obligatoria, pudiendo los alumnos traer vianda desde su casa. En ambos casos, deben usar el espacio del comedor para almorzar en los horarios dispuestos.
Llegadas tarde: Se permitirá el ingreso de los alumnos hasta diez (10) minutos de comenzada la 1° hora. Transcurrido ese tiempo, la falta de puntualidad se sancionará computándose media (1/2) falta.
Cómputo de Inasistencias y Reincorporación: La asistencia a clases se computa por jornada colegial completa. Las inasistencias a las clases de media jornada se computarán como media (1/2) falta. El alumno que compute 15 inasistencias durante un Período Lectivo, podrá solicitar su reincorporación con los debidos justificativos, otorgándose diez (10) inasistencias más. Cuando el alumno llegue a las veinticinco (25) inasistencias, deberá solicitar su reincorporación con los debidos justificativos, la que quedará a consideración de la Autoridad del Colegio. En caso de ser favorable, se le otorgarán cinco (5) inasistencias más. El alumno que supere el número de inasistencias autorizadas (treinta como máximo), perderá su condición de regular, debiendo rendir todas las asignaturas del curso en condición de alumno libre, en los turnos de examen que se le consignen.
Justificativos: Como regla general los justificativos no evitan el cómputo de la falta. Son justificativos aquellos confeccionados por institutos, profesionales o entidades autorizados para realizarlos (Médicos, Clínicas, Institutos de formación, etc.). La justificación de las inasistencias por razones de salud, se debe hacer con certificado de profesional competente y ser presentados al momento en que el alumno se reintegre al establecimiento.
En caso de que alumna/o se ausente por largo tratamiento, la Institución facilitará un dispositivo de orientación y acompañamiento académico que favorezca la continuidad en el aprendizaje.
Es justificativo también, nota escrita por padre, madre, tutor o encargado, que expresen motivos familiares, particulares u otros el tiempo que el alumno se ausentará, presentado con anterioridad al tiempo de su ausencia. Los debidos justificativos quedarán a consideración de la Autoridad del Colegio.
Inasistencias consecutivas sin justificativo: La alumna/o que no esté asistiendo a clase por un período de tres (3) días consecutivos sin justificativo, la Institución se pondrá en contacto con Tutor o responsable legal para conocer los motivos de las inasistencias.
En relación a las evaluaciones que se tomaron durante su ausencia, el alumno tiene derecho a realizarlas al reincorporarse a las actividades: si la ausencia está justificada puede acceder a la máxima calificación; de no estar justificada, la nota máxima será de 6 (seis) garantizando la regularidad en la asignatura.
Retiro del establecimiento: la autorización para que el alumno se retire del Establecimiento, debe solicitarse a la Autoridad por intermedio del preceptor y sólo en casos necesarios; para lo cual se requiere la presencia del padre o tutor o persona mayor autorizada por escrito por el padre o tutor; cuyas firmas deben quedar registradas al inicio del período escolar y quien indefectiblemente, deberá acreditar su identidad si le fuere requerido por la institución en ocasión de retirar al alumno.
B.2.b) Presentación:
El uniforme y la presentación son un signo externo del vínculo y la adhesión del alumno con el Colegio por lo tanto dentro como fuera del mismo deberá estar en condiciones de aseo y prolijidad, cabello corto o recogido y portar la indumentaria requerida para las diferentes actividades del día.
Uniforme y vestimenta: los alumnos debe concurrir con pantalón de grafa, chomba verde o camisa de grafa y calzados de seguridad tanto para las materias especiales como para el resto de la jornada en el establecimiento. Campera verde u oscura sin inscripciones en invierno.
De Campo: pantalón y camisa de grafa, calzados de seguridad, gorra o sombrero, Cuando sea necesario: barbijo y guantes de látex. Los alumnos no podrán asistir a las actividades de Campo sin esta indumentaria.
De Educación Física: pantalón deportivo o calza negra o azul oscuro, short deportivo negro o azul oscuro, remera blanca o verde del colegio, zapatillas deportivas.
Vestimenta Inadecuada: Se considerará vestimenta inadecuada el uso de prendas con inscripciones de clubes deportivos y/o de ideología política y/o cualquier otra que resulte ofensiva para cualquier miembro de la comunidad educativa por su contenido o vocabulario. Bermudas, ojotas o calzado similar, musculosas, largo del short deportivo.
El alumno no podrá utilizar cadenas, colgantes, piercing, aros, anillos, pulseras y/u otro elemento que afecte su seguridad durante las actividades de Campo, Laboratorio y de Educación Física, (especialmente en el manejo de herramientas, máquinas, redes u otros elementos)
B.2.c) Estas normas son de aplicación para toda la comunidad educativa.
Ser solidario y respetar la diversidad y/o pluralidad expresada en la comunidad educativa y en la comunidad en general fomentando la inclusión.
Colaborar para el real ejercicio de la convivencia en el aula, respetando el derecho al estudio y colaborando en el intercambio productivo de conocimientos.
Mantener y preservar la planta edilicia, los muebles, útiles y material didáctico.
Respetar y colaborar en el desarrollo de las tareas escolares.
Ser y hacerse responsable de sus actos, tanto individuales como colectivos.
Buscar la máxima fidelidad en la transmisión de mensajes orales y escritos.
Ser responsable de la comunicación tanto oral como escrita que se brinda a los demás.
Colaborar en el cuidado y mantenimiento de la higiene de todo el ámbito escolar.
Es obligación del alumno diligenciar las libretas de calificaciones, asistencia, conducta y todo documento, citación, comunicación e información –oral o escrita- que el Colegio les confíe, cuyos destinatarios finales sean sus padres, tutores o encargado; y devolverlas firmadas en un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles.
Cada padre es responsable de llevar en tiempo y forma a sus hijos al transporte y en caso de llegar tarde y el transporte ha partido, el padre deberá trasladar a su hijo hasta el establecimiento por sus medios. Los alumnos que con autorización de sus tutores se trasladen en vehículos particulares a la Institución deberán hacerlo cumpliendo las normas generales de la ley. Quienes se trasladen en motocicleta, deberán usar casco, todos los elementos obligatorios y hasta 2 (dos) pasajeros en la misma.
C) CRITERIOS DE APLICACIÓN:
Entendemos la disciplina como un aporte fundamental a la formación de la persona y para la internalización de valores y actitudes que favorezcan en el alumno su inserción en la vida escolar, familiar y social. Cada una de las instancias disciplinarias que se explican a continuación, se relacionan con la gravedad y/o repetición de conductas y acciones, contrarias al Régimen de Convivencia por parte del alumno.
a. Utilización del diálogo como metodología para la identificación y resolución de los problemas de convivencia.
b. Análisis y reflexión sobre las situaciones conflictivas y sus causas y posibilidades de prevención.
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c. Contextualización de las transgresiones.
d. Respeto irrestricto a la dignidad e intimidad de las personas.
e. Garantía del derecho a ser escuchado y a formular descargo.
f. Valoración del sentido pedagógico de la sanción.
g. Reconocimiento y reparación del daño u ofensa a personas y/o bienes de la escuela o miembros de la comunidad educativa por parte de la persona y/o grupos responsables.
h. Garantía del derecho a la información de los alumnos/as pasibles de sanción y a sus padres o tutores/as durante el proceso de decisión y una vez aplicada alguna sanción.
D) TRANSGRESIONES
Se valorarán de acuerdo a la repetición, omisión o gravedad del acto.
Se consideran conductas por medio de las cuales se transgreden las disposiciones de este Régimen, las siguientes, sin perjuicio de las que correspondan a otras faltas que pudieran cometerse:
D.1- Ofender o agraviar los símbolos patrios, religiosos, étnicos, de género, y/o las Instituciones democráticas.
D.2- Asumir actitudes ofensivas por medio de burlas, apodos y descalificaciones por aspecto físico, género, etnia, religión, raza, condición social y cualquier otra.
D.3-Agredir física o verbalmente a los integrantes de la comunidad educativa.
D.4 -Atentar contra la integridad sexual de cualquier integrante de la Institución.
D.5 -Coaccionar moral o físicamente a cualquier miembro de la Comunidad educativa.
D.6 -Dirigirse de modo irrespetuoso (que transgrede las normas propias de cada situación de comunicación.)
D.7 -Desconocer la autoridad de los docentes.
D.8- Romper, deteriorar o ensuciar las instalaciones del patrimonio y del Establecimiento, así como los materiales de cualquier miembro de la comunidad educativa. Escribir bancos, armarios o paredes, etc.
D.9- Introducir armas de todo tipo y/o réplicas. Utilizar elementos o útiles punzo cortantes con otros fines que no sean didácticos
D.10- No respetar las normas de presentación escolar: aseo y vestimenta.
D.11- Condicionar el normal horario de partida del transporte llegando tarde. Se considera transgresiones al presente Régimen, todos actos de indisciplina, de agresión o violencia causado a compañeros, chofer a cargo y al vehículo, durante el viaje de ida y de regreso a la Escuela, teniendo en cuenta que durante ese lapso de tiempo ya se considera horario escolar.
D.12- Promover y/o protagonizar desórdenes durante del horario del almuerzo: jugar con los cubiertos, con los alimentos, no colaborar con el orden y la limpieza del comedor. Se considera importante fortalecer desde este espacio normas de convivencia, hábitos saludables, cuidado de la higiene. UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO Colegio Nacional Agrotécnico “Ing. Julio César Martínez”
D.13 -Promover y/o protagonizar desórdenes dentro del Establecimiento, así como en el ingreso o egreso del mismo.
D.12 – Falsificar y/o destruir cualquier tipo de documentación o falsear datos.
D.13- Retirarse del Establecimiento sin autorización o permanecer en él fuera del horario y/o calle o vereda de la Escuela en el horario de clases.
D.14- Permanecer fuera de los Talleres y/o campo de práctica durante el horario de clase.
D.15- Maltratar y/o dañar animales y plantas.
D.16- Uso no autorizado de insumos, máquinas y herramientas durante y luego del horario de clases.
D.17- Utilizar insumos, máquinas y herramientas sin tener la vestimenta y/o medida de seguridad adecuada y sin supervisión docente.
D.18 -Jugar o agredir a compañeros con herramientas y/o productos durante las tareas prácticas.
D.19- No ingresar y/o retirarse del aula sin autorización del docente a cargo durante los horarios de clase o en horas libres.
D.20- Impedir o perturbar el normal desarrollo de las clases o de otras actividades escolares.
D.21- Apropiarse con o sin violencia de objetos ajenos.
D.22 -Traer y/o utilizar objetos de valor, electrónicos, informáticos o elementos ajenos al ámbito escolar, por los que la Institución no se responsabiliza. Resguardo: La utilización de cámaras fotográficas, teléfonos celulares, tablets u otros elementos quedará condicionado a la solicitud de los docentes, justificada en la propuesta pedagógica didáctica. En horas libres y recreos, se podrán usar con previa autorización de la Dirección. Queda bajo responsabilidad del alumno el cuidado de los mismos.
D.23 -No devolver el boletín de calificaciones cuando corresponda, debidamente firmado.
D.24 -No informar a la escuela las situaciones de enfermedades de notificación obligatoria.
D.25- Consumir alimentos y bebidas en el aula en horas de clases.
D.26 Fumar, consumir bebidas alcohólicas y/o sustancias tóxicas, dentro del establecimiento y en circunstancias en las cuales el alumno represente a la Institución o porte el uniforme escolar.
D.27- Concurrir alcoholizado o intoxicado a las actividades escolares.
Se considerarán como muy graves las siguientes transgresiones:
D.28- Promover o instigar actos colectivos de violencia: física y/o psicológica, ya sea que se utilicen los canales orales, físicos o virtuales para violentar a un alumno o actor institucional. Se considera especialmente grave el uso de las redes sociales, mail, WhatsApp, chats, mensajes de textos, etc, para la difusión de fotografías, videos, audios u otros.
D.29 -Ingresar y accionar explosivos.
D.30- Amenaza o alarma injustificada de bomba y/o incendio. UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO Colegio Nacional Agrotécnico “Ing. Julio César Martínez”
D.31-Toma del colegio.
D.32- Esparcir sustancias tóxicas o corrosivas dentro de la institución.
D.33- Concurrir al establecimiento escolar con sustancias de consumo ilegal y/otras que atenten contra la integridad de los alumnos.
D.34 -Incendio parcial o total de bienes muebles o inmuebles de la institución y/o de los miembros de la institución educativa.
D.35- Organizar y promover inasistencia colectiva a clase y/u otra actividad organizada por la escuela, sin autorización, consentimiento y/o conocimiento de los padres.
Los actos de indisciplina generados serán clasificados como faltas leves, graves y muy graves atendiendo a los siguientes criterios reguladores:
-la intencionalidad o no en los actos de transgresión y la recurrencia y/o frecuencia de los mismos. Con respecto al criterio “intencionalidad o no de los actos”, es importante destacar que será valorada por el adulto implicado en la situación a resolver. La repetición, el grado de autoría por inducción, acción u omisión, la magnitud o trascendencia del daño producido, la colaboración y el encubrimiento de faltas de disciplina de terceros sin tomar parte activa de los mismos. Las cometidas individualmente y las colectivas.
Cada situación de transgresión será evaluada individualmente y de acuerdo con las circunstancias, antecedentes y consecuencias del caso. Se considerará para dicha valoración otras variables como: la contextualización de la transgresión y la trayectoria escolar del alumno.
E) SANCIONES
Conforme a lo establecido en los marcos legales mencionados, las sanciones de aplicación a los alumnos, son:
a) Apercibimiento oral con notificación al alumno.
b) Apercibimiento escrito con notificación al alumno y a los padres, tutor o encargado.
c) Realización de acciones reparatorias en beneficio de la comunidad escolar.
d) Cambio de división. (En Disposiciones aclaratorias respecto de las sanciones)
e) Separación transitoria o temporal.
f) Separación por el resto del año calendario en curso (incluye mes de diciembre)
g) Separación por el resto del año escolar (incluye diciembre/ febrero – marzo)
h) Separación definitiva del establecimiento.
Las Sanciones son acumulativas: se considera sanciones acumulativas por el plazo de 2 (dos años) años la caducidad de las mismas, en los casos en los que el alumno haya incurrido en 2 (dos) Actas según lo fundamentado en el Reglamento Institucional. El UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO Colegio Nacional Agrotécnico “Ing. Julio César Martínez” alumno podrá contar en su trayectoria escolar (6 años de escolaridad) con un máximo de 6 (seis) Actas labradas.
Sin perjuicio de ello, el Director podrá, en forma fundada, prescindir de este principio en aquellos casos en que excepcionales circunstancias así lo aconsejaren. La reiteración de la falta o la intensificación en gravedad y cantidad, deben ser consideradas por las autoridades del Establecimiento, el Consejo Escolar de Convivencia u otros Cuerpos.
F) DISPOSICIONES ACLARATORIAS RESPECTO DE LAS SANCIONES
F.1) Conforme a lo establecido en el Artículo 9° (Derechos de los alumnos) del Reglamento Institucional del CoNAg y la UNdeC, las calificaciones que obtengan los alumnos serán resultado de su desempeño académico y no se usarán como forma de sanción disciplinaria.
F.2) La «separación transitoria o temporal» es un límite contundente para aplicar frente a situaciones de gravedad o ante reiteración de conductas contrarias al Sistema de Convivencia, sin que esto libere de la instancia siempre presente de análisis, diálogo y reflexión entre las partes. Puede alcanzar de uno (1) a tres (3) días y ser aplicada por dos (2) veces en cada ciclo lectivo con cómputo de inasistencia. Esta sanción no deberá ejecutarse sin la notificación fehaciente del representante legal del menor.
En todos los casos se citará a los padres para acordar con los mismos una instancia de diálogo y reflexión que deberá realizar el alumno en el período de separación y dar cumplimiento de las tareas pedagógicas que se desarrollen en el período de separación.
F.3) Cambio de división: no es considerada una sanción en sí misma sino que es una medida a la cual se le dará tratamiento especial contextualizando la aplicación de la misma en pos de la optimización de la convivencia del alumno en la Escuela.
F.4)La Instancia de mediación se aplicará en aquellos casos en que el Consejo de Convivencia lo considere necesario o fuera solicitado por algún integrante de la Comunidad Educativa.
F.5)Las Acciones reparatorias, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28° del Reglamento Institucional, toda transgresión originará la obligación de reparar, reponer o arreglar cuando sea posible, los daños materiales generados en la transgresión. Las mismas deben guardar relación con el daño causado. (Incluye: Limpieza de lugares y objetos, devolución del objeto o reposición del valor en efectivo y pedido de disculpa. Etc)
Cuando la transgresión consista en actitudes ofensivas, denigrantes o que atenten contra la integridad moral, emocional o sexual de otro/s miembro/s de la Comunidad Escolar, debe promoverse la reflexión y la voluntad de reparación por parte del alumno y aplicarse sólo en los casos en que éstas se manifiesten. Se ejecutan bajo la orientación de un docente responsable, mediando previa conformidad de las partes y fehaciente notificación de los representantes legales del/los alumnos. La propuesta elaborada por el alumno o por las autoridades, no debe interferir en el cumplimiento normal de las obligaciones pedagógicas, pudiendo realizarse fuera de los días y sus horarios de clase.
Incluye: Pedido de disculpas públicas por la ofensa, preparación y exposición de una clase alusiva, producción de carteles o folletos, u otras acciones pertinentes. Las mismas deben guardar relación con el daño causado y ser supervisadas por la autoridad docente o el miembro de la Comunidad Educativa que la proponga.
F.6) Toda solicitud de sanción deberá ser comunicada al alumno quien ejercerá el derecho a la defensa en forma oral o escrita ante la autoridad de aplicación.
G) DISPOSICIONES PARA DOCENTES Y TUTORES:
Las siguientes disposiciones, hacen al mantenimiento de elementales normas de respeto mutuo cuya práctica favorece notablemente las relaciones entre los miembros de la Comunidad Escolar. Rigen la conducta de los adultos y se encuadran en las normativas vigentes. Su objetivo es mejorar y equilibrar armónicamente la convivencia. Las disposiciones generales son:
Conocer, respetar, cumplir y hacer cumplir las normas establecidas en el presente Documento.
Dirigirse en forma respetuosa hacia todos los integrantes de la comunidad educativa. Sin agredir ni descalificar a los mismos.
G.1) De los Padres y Tutores:
Para favorecer las relaciones entre la Institución y las familias de los alumnos se solicita que los tutores colaboren en el cumplimiento de la normativa institucional planteada en el presente Régimen de Convivencia y Reglamento institucional. Por lo que se les solicita:
1. Lectura y análisis del Documento que regula la Convivencia Escolar.
2. Cuando concurra al establecimiento por cualquier motivo, el tutor debe anunciarse en preceptoría. No se permite el ingreso directo a los espacios del CoNAg y por ningún motivo se permite interrumpir las clases.
3. Participar en las actividades programadas por la Institución: actos, reuniones, talleres, etc. UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO Colegio Nacional Agrotécnico “Ing. Julio César Martínez”
4. Aquellas problemáticas que el Tutor así las considera, que surjan con su hijo/a, deberán ser planteadas dentro el ámbito escolar: si la problemática está vinculada con algún espacio curricular se deberá generar una instancia de diálogo con el docente a cargo, en los horarios establecidos a tal fin y sin interrumpir la clase. Si la problemática está vinculada a lo institucional o a la convivencia del alumno en la escuela (relación con sus compañeros, con los docentes, etc.) el tutor podrá solicitar una reunión con el Director. El Tutor en todos los casos podrá solicitar la intervención de Gabinete de Orientación Educativa.
5. De acuerdo a lo establecido en las leyes vigentes de Protección de Niños, niñas y adolescentes, el tutor se compromete a cumplirlas evitando especialmente exponer situaciones de los menores, sus nombres, imágenes y conflictivas en grupos de WhatsApp y redes sociales. Tampoco podrán usar en estos medios el nombre de la Institución sin permiso solicitado a las autoridades del CoNAg por nota.
6. Los tutores no deberán interrogar, confrontar o dirigirse de forma inadecuada hacia los alumnos de la Institución. Se considerará especialmente grave asumir conductas ofensivas o de agresión: amenazas, insultos, acusaciones; hacia la persona de un alumno u otro miembro de la comunidad escolar, dentro del establecimiento o fuera del mismo, de forma personal o usando medios virtuales.
G.2) De los docentes:
1. Desempeñar su rol respetando lo establecido en el presente Régimen de Convivencia, en el Reglamento Institucional del CoNAg y el Estatuto de la UNdeC.
2. Elaborar con los alumnos el Contrato Pedagógico del dictado de su materia, al comienzo del ciclo escolar, donde se expresarán claramente las obligaciones a cumplir por ambas partes, los elementos necesarios para el cursado de la asignatura, las normas especiales para el dictado (si fueran pertinentes) y el modo en que se los evaluará.
3. Todo examen debe avisarse con un mínimo de 7 días previos a la fecha de la evaluación. Evitar cambios de fechas de examen preestablecidas. Los cambios de fecha que sean excepción, no una regla, cuando hay factores climáticos o sanitarios que condicionan la asistencia de los alumnos o de los profesores o cuando el profesor perciba que el grupo de alumnos no ha comprendido el tema y requiere más tiempo de práctica para su asimilación.
4. Respetar el derecho a recuperar evaluaciones cuando el alumno se ausentó de forma justificada (ver apartado B.2.a, justificaciones y reincorporación)
5. Calificar a los alumnos por su desempeño académico y no como forma de sanción.
6. El docente no podrá abandonar el aula en horas de clase, ni suspender el dictado de la misma sin autorización previa del Directivo; de ser autorizado, deberá disponer del material y actividades programadas para los alumnos y de un miembro de la Comunidad Educativa autorizado para supervisar las mismas.
7. Analizar, rever, ratificar o rectificar una decisión tomada cuando la misma genere un estado generalizado de reacción, alteración, rechazo o cuestionamiento por parte de otros actores de la Comunidad Educativa. En caso de considerarse necesaria una acción reparatoria, llevarla a cabo.
8. Es responsabilidad de los docentes velar por el cumplimiento de las normas en el aula mediante el diálogo y la reflexión; valiéndose de los instrumentos que propone el presente Régimen para las transgresiones que cometan los alumnos.
9. Los profesores del área de agro e industria, utilizarán para sus actividades vestimenta y calzado que cumplan con las normas de seguridad vigente para dicha actividad.
10. Los profesores no deben ingerir infusiones o alimentos en el aula durante las horas de clase.
11. Los docentes evitarán conductas de cuidado personal (peinarse, mirarse al espejo) en clase. También la lectura de material no didáctico y uso de celular para cuestiones personales en el aula durante el dictado de clases.
H) DELCONSEJO DE CONVIVENCIA
Algunas de sus funciones son:
– Dictar y modificar el reglamento interno para su funcionamiento.
– Articular el sistema de convivencia educativa con el Proyecto Educativo Institucional.
– Resolver y proponer sanciones ante las transgresiones a las normas de convivencia que sean remitidas a su consideración.
– Elaborar estrategias de prevención de los problemas de convivencia y generar los espacios y acciones para prevenir el surgimiento de nuevos conflictos.
– Proponer diferentes actividades curriculares y extracurriculares tendientes a promover la convivencia.
– Desarrollar instancias de mediación en aquellos conflictos no previstos en el marco sancionatorio de este Régimen.